LA RIGIDEZ DEL SERVICIO CIVIL ANTE LAS DEMANDAS DE UNA MODERNA EDUCACIÓN

L. Guadamuz S, Ph.D.

En educación pública no siempre existe el personal para demandas educativas  específicas como las de Programa de Bachillerato Internacional, Colegios Científicos, Colegio Castella, Colegios Deportivos, Colegios Técnicos. Existe un Registro Único de Elegibles , basado primordialmente en la formación académica y experiencia docente (todos los docentes que participan en un concurso docente participan en igualdad de condiciones para la misma clase de puesto y especialidad) lo cual le permite reunir requisitos.  Muchas veces la DRH tiene dificultades para nombrar a un docente con las demandas que solicita el Director del Centro Educativo (ejemplo profesor de piano, violín). Esto genera problemas en el servicio educativo, pues cada programa o plan de estudios tiene una particularidad y una población específica; mientras muchos docentes no conocen el idioma requerido, el instrumento musical exigido, entre otras carencias específicas en algunas especialidades.

Recordemos que más del 50% de los docentes nombrados en propiedad renuncian cada año o inmediatamente solicitan trasladarse. Docentes con vocación alejados de sus familias buscan por años traslados a sus lugares de procedencia. Miles de solicitudes de traslados por excepción y aumento de lecciones en propiedad de las cuales se resuelven muy pocas, históricamente cerca de un 10% de las solicitudes. El procedimiento y normativa para nombrar personal interino es interpretada por la DGSC de forma muy rígida. Debería darse un puntaje adicional a los docentes que concursan en vacantes cerca de su localidad o domicilio. La Relación de Puestos debe indicar previamente las necesidades específicas de cada centro educativo, incluyendo previsiones de licencias, crecimiento o decrecimiento de personal por impacto demográfico. Se interrumpe la continuidad del servicio educativo por cuanto con base en el artículo 83 inciso c), 87, 88 y 114 de la Ley de Carrera Docente, el personal que ya está nombrado en propiedad concursa y luego no acepta el nombramiento en propiedad (de 5.000 vacantes sólo se nombran alrededor de 500 personas). Para nombrar personal interino del registro de elegibles se debe llamar telefónicamente tres veces al servidor para determinar su interés hasta agotar todo el registro de elegibles (alrededor de más de 100 personas para 3 llamadas cada uno). El procedimiento de inopia lo ejerce la DGSC y deben determinar si existen oferentes o no, en cuyo caso de existir se devuelve la solicitud y se deben de llamar a los nuevos oferentes que aparecen en el registro de elegibles. Es un proceso excesivamente burocrático e ineficaz.

Se debería coordinar y establecer con la DGSC una interpretación a la normativa de forma más flexible que permita mejorar y atender las demandas del servicio educativo, mediante un sistema de reclutamiento y selección acorde a la realidad educativa y las demandas del mercado laboral. Otorgar puntaje adicional por calidad de las carreras, con sustento en el artículo 88. También otorgar puntaje adicional por residencia, por la cercanía del docente con su domicilio, a fin de que no busque inmediatamente incapacitarse e irse para estar cerca de sus familiares. Se debe de realizar un proceso de selección con entrevistas adicionales.

Sería conveniente motivar y concientizar a la DGSC para que flexibilice su gestión, mediante pronunciamientos o interpretaciones de normativa más flexibles de la normativa (ejemplo interpretación del artículo 38 del Reglamento de la Carrera Docente) para nombrar interinamente aquellas lecciones menores a 15 y 16 lecciones sin pasar por el registro de elegibles. Interpretación del artículo 101 LCD, y adicionarle en el procedimiento la cercanía del lugar de residencia. Interpretación del artículo 96 y 114 LCD.; entre otros. (permutas, licencias, permisos y otros) con sustento en el artículo 180 LCD. Se debe  crear una  base de datos permanente para traslados por excepción o permutas y que permita realizar los trámites en el momento que se genere una vacante. Asimismo se debe  agilizar la gestión de recursos humanos  que asegure eficacidad en sus resultados. Para ello : i- mantener una actualización constante del expediente de Servicio Civil para realizar los nombramientos en propiedad en el momento que quede una vacante siguiendo un estricto orden de escogencia de acuerdo a su puntaje; ii- en aquellas plazas que por su condición no se pueda consolidar en propiedad o se pueda realizar un traslado, de debe de hacer un nombramiento a plazo indefinido, el cual permitirá que el curso lectivo empiece sin contratiempos; ii- darle un valor agregado (ejemplo 15 puntos más) a los oferentes por zona, así permitirá que los docentes que viven en una zona determinada del país tengan más prioridad sobre otros oferentes que no vivan en dicha zona.

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